Autoricese a la DNA a autorizar el ingreso en carácter de AT, por el término de un año prorrogable hasta por dos años, más, con el aval del Ministerio de Turismo y Deporte para otorgar la prorroga; a vehículos de la categoría MONOMARCA DE PISTA cero KM y/o usados tecnológicamente preparados, y sus respectivos repuestos (inclusive las cubiertas especiales para competencia de la disciplina) comprados o alquilados por pilotos, empresas con finalidad deportiva y/o concurrentes,con el exclusivo cometido de entrenar y competir en competencias de pista nacionales e internacionales, en Autódromos Nacionales y/o circuitos callejeros nacionales, organizadas por autoridades deportivas nacionales e internacionales.
Este decreto es válido para ciudadanos uruguayos, las importaciones deben ser garantizadas y los autos no se pueden nacionalizar antes de tres años.
Los autos pueden salir a competir y regresar a Uruguay pero la fecha del permiso temporal es la primera entrada al país.
——————-
Una empresa dedicada al Servicio Integral de Comercio Exterior y Gestión Aduanera con base en Montevideo, Uruguay es Grupo EPP.
Contacto con Grupo EEP:
Tel. +598 2916 0150 | E-mail. info@epp.com.uy