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Bienvenida la Apostilla al Uruguay

Por considerarlo de gran interés a continuación reproducimos un artículo realizado por KPMG y publicado en el suplemento Café y Negocios del diario El Observador:
El pasado 14 de octubre de 2012 entró en vigencia la Apostilla de la Convención de La Haya para nuestro país
Recordemos que la Ley N° 18.836 de 15 de noviembre de 2011 aprobó el Convenio Suprimiendo la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros, suscrito en La Haya, el 5 de octubre de 1961, conocido como “Convenio de la Apostilla”.
Recientemente, el Poder Ejecutivo reglamentó ciertos aspectos instrumentales con relación a la Apostilla mediante el Decreto N° 322/012 de fecha 3 de octubre de 2012, que entró en vigencia el 14 de octubre de 2012.

¿Qué es la Apostilla?
En la práctica la Apostilla se traduce en un simple sello, que tiene forma de cuadro que contiene determinada información y que se adhiere a un documento público dándole autenticidad, a efectos de su presentación en otro país adherente al Convenio. El Convenio de la Apostilla dispone que cada Estado Parte debe reconocer la eficacia jurídica de un documento público emitido en otro Estado Parte cuando se encuentra apostillado. El documento apostillado es, en consecuencia, reconocido en cualquiera de los países que son parte del Convenio.
Cabe señalar que actualmente más de cien países son parte del mencionado Convenio, constituyéndose en uno de los convenios internacionales que ha logrado mayor número de ratificaciones.

¿Qué beneficios tiene la Apostilla?
La Apostilla reemplaza las formalidades del sistema de legalización diplomática y consular de documentos en cadena, unificando los requisitos y eliminando formalismos a efectos de facilitar la identificación de documentos públicos entre los países signatarios. Ello implica que los documentos apostillados serán reconocidos en cualquiera de los Estados Partes del Convenio, sin necesidad de ningún otro tipo de autenticación.
En definitiva, el apostillado significa una reducción en los costos de la autenticación de documentos y una significativa disminución de las formalidades y demoras si lo comparamos con el sistema de legalización consular en cadena, colocando a los países que no son parte del Convenio en desventaja frente a los que sí lo son.
 
¿Qué sucede con los países que no son parte del Convenio?

Se mantiene el sistema de legalización consular en cadena, tanto para los documentos que provienen de otros países como para los emitidos en países no miembros, que deban ser reconocidos en Estados que forman parte de la Convención.
El sistema de legalización consular en cadena implica la presentación del documento ante varias autoridades, incluyendo la autoridad consular del país al que el documento está designado. Lo mismo ocurre en el caso de documentos que son emitidos en el extranjero y que deben surtir efectos en nuestro país.
Dichos documentos deben ser legalizados en el consulado uruguayo del país donde fueron emitidos (o el más cercano si no hubiere consulado uruguayo en dicho país), previo pasaje por el organismo interno correspondiente, si fuere pertinente, y luego – una vez en Uruguay – deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE), culminando el trámite de legalización.
La legalización consular en cadena es un proceso bastante costoso, y el tiempo que demanda muchas veces se presenta como un inconveniente que enlentece el trámite para el que la legalización del documento es requerida.
 
Reglamentación
El Decreto antes citado designó al Ministerio de Relaciones Exteriores como la autoridad competente en nuestro país para emitir la Apostilla y fijó su costo en 121 U.I. (aproximadamente $ 300), el que se actualizará anualmente.
En el nuevo régimen, los documentos que deben enviarse al exterior no están exentos del previo pasaje por la Suprema Corte de Justicia (documentos notariales) y el nuevo régimen tampoco exime de su traducción al idioma español a los que ingresen al Uruguay en otro idioma.

Contacto con Grupo EEP:
Tel. +598 2916 0150 | E-mail. info@epp.com.uy

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