Facebook Twitter Gplus YouTube E-mail
magnify
magnify
Home Comercio exterior Mercosur. Está operativa la exoneración de impuestos a compras hasta U$S 200 (CIF)
formats

Está operativa la exoneración de impuestos a compras hasta U$S 200 (CIF)

Entró en vigencia el Decreto 184/012 que eleva el tope de las encomiendas postales internacionales de entrega expresa hasta US$ 200, exonerándolas del pago de tributos aduaneros e impuestos para aquellas que cumplan con lo siguiente:

– Los envíos son recibidos por la persona física a título personal.

– No tienen fines comerciales.

– El costo de la encomienda puesta en Uruguay (costo CIF) no supera los USD 200 (CIF = costo en origen + flete + seguro).

– El envío está acompañado de la factura original de compra.

– El peso bruto no excede los 20 Kg.

Cada persona podrá hacer uso de esta exoneración hasta un máximo de 5 veces en el año (enero- diciembre), independientemente de si utiliza la misma empresa de Courier o no, o si los diferentes envíos vienen en la misma fecha o no. Superada esa cantidad las siguientes encomiendas deberán pagar tributos e impuestos.

La exoneración no comprende los productos gravados por IMESI, prohibidos, requieran licencias no automáticas o certificaciones fito-sanitarias y medicamentos.

Puede consultar información más detallada en nuestra sección Datos Útiles: Comercio Electrónico – Compras por internet

_________________________________

Oposición de los comerciantes al cambio en las compras por internet

La semana pasada se publicó en el diario Oficial el decreto que aumenta hasta 200 dólares el monto de las encomiendas internacionales que pueden ingresar al país sin pagar impuestos aduaneros ni IVA siempre que su peso unitario no exceda los 20 Kg. y que no contengan productos gravados con el Imesi. Ese valor máximo corresponde al costo del producto puesto en nuestro país (valor en origen + envío + seguro).

El mismo aún no está aplicable y si bien se dispone de 10 días para recurrirlo, la Cámara Nacional de Comercio y Servicios presentará esta semana el recurso de revocación ante el Poder Ejecutivo por entender que entraña un riesgo de competencia desleal para las empresas del mercado local.

En el recurso a presentar, la Cámara solicitará la revocación del decreto o en su defecto su modificación fundamentalmente en dos aspectos:

a. Frecuencia de aplicación del régimen: se podrá aplicar una sola vez y con carácter excepcional.

b. Limitar la aplicación a productos y artículos que no se comercialicen en el país.

A la fecha, las compras por internet se siguen rigiendo por la normativa vigente que no fue derogada.

_________________________________

El 15 de junio de 2012 fue publicado en el Diario Oficial el Decreto 184/012- Reglamentación del Art. 277 de la Ley 18.834 (ver adjunto), referente a las encomiendas postales internacionales.

La aprobación de este decreto eleva el tope de las encomiendas postales internacionales de entrega expresa hasta US$ 200 (costo del producto puesto en nuestro país), para aquellas cuyo peso unitario no exceda los 20 Kg., exonerándolas del pago de tributos aduaneros e IVA.

Si bien el decreto está aprobado, todavía no está operativo. Aún no sabemos la fecha de entrada en vigencia del mismo porque para poder hacerlo se requiere un cambio de software y resolver las formas de intercomunicación entre los diversos actores (Ministerio del Interior, Aduana, Couriers, etc.).

Está operativa la exoneración de impuestos a compras hasta U$S 200 en Zonas Francas en Uruguay

 

Usted debe ser Registrado para publicar un cometario