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Retornados a Uruguay exentos de despachante de Aduana para importación del vehículo.

regresando a uruguay

Algunas ventajas para quienes regresan a Uruguay

En lo que va del año 2016 mas de medio centenar de uruguayos que residían en el exterior han retornado al país. De acuerdo a muchas leyes vigentes hoy día existen bienes que pueden ser importados junto al repatriado con ciertas exoneraciones entre ellos los vehículos.

 

Aproximadamente un 30 por ciento de los uruguayos que retornaron a Uruguay lo hicieron con su vehículo de acuerdo a los informes presentados por la oficina de retorno y bienvenida. En estos casos dicha oficina explica que: “(no hay ) obligatoriedad de la intervención de despachante de Aduana en el ingreso del vehículos de quienes retornan amparándose a la ley 18.250”.

La oficina de retorno y bienvenida se refiere al artículo 76 de dicha ley que dice referente a la posibilidad de prescindir de los servicios de un despachante de Aduanas para ingresar un vehículo a Uruguay:

Todo uruguayo con más de dos años de residencia en el exterior que
decida residir definitivamente en el país, podrá introducir por única
vez, libre de todo trámite cambiario y exento de toda clase de derechos
de aduana, tributos o gravámenes conexos:

A) Los bienes muebles y efectos que alhajan su casa
habitación.

B) Las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos

vinculados con el ejercicio de su profesión, arte u oficio.

C) Un vehículo automotor de su propiedad, el que no podrá ser

transferido hasta transcurrido un plazo de dos años a
contar desde su ingreso a la República. El régimen a que
esté sujeto el automotor deberá constar en los documentos
de empadronamiento municipal y en el Registro Nacional de
Automotores.

El citado vehículo deberá ser empadronado directamente por
la persona interesada en la Intendencia Departamental
correspondiente.

En las operaciones previstas en este artículo no será

preceptiva la intervención del despachante de aduanas.

Establécese la gratuidad de las legalizaciones consulares

en los documentos relacionados con el trámite de residencia
definitiva en el país de los compatriotas y de su núcleo
familiar, que cumplan con los requisitos establecidos en el
presente artículo. (*)

Pese a que no es necesaria la intervención de un despachante de Aduana para el ingreso de ciertos bienes al país en estos casos es muy recomendable el asesoramiento de un gestor aduanero o despachante de Aduanas con experiencia en importaciones no para la liberación de los bienes sino para analizar caso a caso las situaciones y lograr el mejor aprovechamiento de las franquicias y derechos vigentes para quienes retornan a Uruguay.

 

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